22 de Octubre de 2025 – Publicación
Real Decreto 931/2025, de 21 de octubre, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal de la Red sanitaria militar
Procedimiento de integración voluntaria para el personal laboral fijo o funcionario de carrera.
1. Cada uno de los procedimientos de integración se iniciará mediante convocatoria pública efectuada por resolución de la persona titular de la Subsecretaría de Defensa en la que se ofertará la integración en la categoría correspondiente del régimen estatutario.
2. La convocatoria será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y deberá contener, al menos, el modelo de solicitud y el plazo de presentación de las solicitudes, que serán objeto de admisión o exclusión
3. En cada una de las convocatorias solamente podrá participar el personal objeto de la convocatoria.
4. La opción de integración será voluntaria para el personal laboral fijo o funcionario de carrera, y se efectuará por una sola vez.
5. La integración se realizará en una de las categorías de referencia del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización, conforme al anexo de este real decreto.
6. Finalizado el procedimiento se dictará la resolución que en cada caso corresponda. El plazo para la resolución del proceso de integración será de seis meses. La resolución de nombramiento como personal estatutario fijo deberá contener necesariamente una referencia a la categoría en la que el solicitante resulta integrado y la fecha de efectividad de la integración, y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado»