El Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios. Se contempla en el artículo 12 de La Ley 2/1974, de Colegios Profesionales
Existen diferentes posibilidades para presentar una reclamación o queja: por escrito en la propia sede del colegio, correo electrónico y formulario web por medio de la Ventanilla Electrónica.