Mutualidades de Previsión Social
MUTUALIDADES
Con anterioridad a la creación de la Seguridad Social en 1967 y durante el periodo transcurrido desde dicha creación hasta la fecha en que tuvo lugar la integración de la mayoría de las Mutualidades de Previsión Social en dicha Entidad, muchos trabajadores realizaron sus aportaciones a las citadas Mutualidades para la cobertura de las contingencias de muerte, jubilación e incapacidad.
En el caso de las enfermeras fue la Mutualidad de Previsión Social denominada “PREVISIÓN Y SOCORROS MUTUOS DE AUXILIARES SANITARIOS” la entidad a la que mayoritariamente se realizaron en su momento las aportaciones para dichas coberturas.
La razón de todo ello estriba en que mientras que las aportaciones que se realizaban por quienes cotizaban al Régimen General de la Seguridad Social fueron consideradas un gasto deducible en el Impuesto sobre la Renta, desde su implantación (1979), las cuotas satisfechas a las Mutualidades tributaban por dicho impuesto al 100%, lo que suponía un desequilibrio entre ambos colectivos de trabajadores.
En estos momentos, la Agencia Tributaria (AEAT) está próxima a iniciar el procedimiento para la devolución de esas cantidades, y ha anunciado que facilitará un sencillo formulario con un procedimiento rápido a tal fin, sin que, en principio, resulte necesario aportar ninguna documentación junto a la solicitud por cuanto se trata de datos de los que ya dispone dicha Administración.
Consejo General de Enfermería